La Superintendencia de Riesgos del Trabajo fijó nuevos montos para las sanciones por incumplimientos de ART, empleadores autoasegurados y compañías de seguros de retiro.
La Superintendencia de Riesgos del Trabajo definió los nuevos montos de las sanciones por incumplimientos de los empleadores autoasegurados, las ART y las compañías de seguros de retiro. La resolución fija que los efectos son aplicables desde el 1 de agosto de 2026, con impacto inmediato en la determinación de sanciones dentro del régimen de riesgos del trabajo.
Qué significa en la práctica
El régimen sancionatorio no es un tema sólo administrativo: incide en la conducta de las aseguradoras frente a un siniestro. Los incumplimientos que suelen dar lugar a sanción son, entre otros, el rechazo infundado de una denuncia, la demora en otorgar prestaciones médicas y la falta de pago de las prestaciones dinerarias en término.
Si tuviste un accidente de trabajo
Que exista un régimen de sanciones no reemplaza tu reclamo individual. Si la ART rechazó tu denuncia, interrumpió un tratamiento o te dio el alta sin que estuvieras en condiciones, esos son planteos que se hacen por separado.
- Conservá la denuncia del accidente y todo lo que la ART te haya entregado por escrito.
- Guardá los estudios y la historia clínica, incluidos los de atención por fuera de la ART.
- Si te dieron el alta y seguís con secuelas, no dejes pasar el tiempo: hay plazos.
Los créditos laborales prescriben a los dos años. Si necesitás asesoramiento sobre estos temas, consultá con tu abogado de confianza.
Esta nota es información general y no reemplaza el asesoramiento sobre tu caso concreto. Si tenés una situación parecida, escribinos.